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EMPLEADOS EN GENERAL TIENEN DERECHO DE IR A VOTAR, SI EL PATRONO O EL EMPLEADOR NO LO PERMITE SE ENFRENTA HASTA 15 AÑOS DE PRISIÓN

¡Tome nota si usted es empleado y no lo dejan ir a votar! Los diputados de la Asamblea Legislativa confirmaron que todas las instituciones y empresas deberán permitir a sus trabajadores salir a votar este próximo domingo.

El permiso otorgado por el patrono o el empleador no deberá afectar su salario ni sus prestaciones laborales. «El tiempo concedido se considera como efectivamente laborado», dice el decreto aprobado por la Asamblea Legislativa.

Si las empresas o instituciones no cumplen esta disposición, cometerán delito de «fraude electoral», que es castigado con penas de 10 a 15 años de prisión, ya que el decreto transitorio indica que el «incumplimiento a dicha disposición que impidiere u obstaculizare el libre ejercicio del sufragio se catalogará como delito de fraude electoral», regulado en el artículo 295 del Código Penal.

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